domingo, 30 de enero de 2011

Derechos académicos

ARTÍCULO 2°
En el SENA todas los aprendices tienen el derecho de disfrutar de los programas que ofrece el SENA, sin importar razones tales como la raza, la religión, origen social, estrato, ideología política o filosófica.

Todos los aprendices SENA dos tipos de derechos como lo son:


A. De carácter Académico: 


a.1. Recibir en el momento de su matrícula, el carné estudiantil que lo acredite como aprendiz del SENA.

a.2. Recibir inducción al momento de ingresar al SENA, donde estén incluidos contenidos de gestión tecnológica, conocimiento del entorno, aporte a la productividad y competitividad, formulación de proyectos, la construcción de su ruta de aprendizaje, y los deberes y derechos que asume como Aprendiz SENA.

a.3. Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formación: las tecnologías de información y comunicaciones, el entorno real o simulado en los ambientes de aprendizaje, el trabajo colaborativo con otros aprendices del SENA y los instructores.

a.4. Recibir formación profesional, acorde con el programa en el cual se matriculó, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.

a.5. Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para el aprendizaje, asumiendo responsabilidad por su daño, deterioro anormal o utilización indebida.

a.6. Disfrutar de los programas institucionales de bienestar al aprendiz, durante el proceso de aprendizaje, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENA

a.7. Recibir orientación académica y comportamental que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social.

a.8. Ser investigado y sancionado con observancia de las normas del debido proceso establecidas en este reglamento.

a.9. Participar en el mejoramiento continuo de los Instructores a través de los procesos de evaluación.

a.10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las competencias establecidas en el programa de formación.

a.11. Ser evaluado oportunamente en su proceso de formación con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje.

a.12. En caso de que el Aprendiz esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor o tutor, podrá ejercer el derecho a revisión, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.

a.13. Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo, habilidades académicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales y de servicio a la comunidad.

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